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29/12/2023

Nueva Normativa Coches 2024

En la actualidad, diversas ciudades españolas han implementado Zonas de Bajas Emisiones para limitar la circulación de vehículos altamente contaminantes. Madrid se destaca por tener unas de las restricciones de movilidad más estrictas para automóviles sin etiqueta, y a partir de este año, estas regulaciones se endurecerán tanto para los vehículos sin distintivo como para aquellos con etiqueta B. Descubre las nuevas etiquetas de la DGT de 2024 a continuación.

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Nuevas normas DGT 2024 coches

La introducción de los distintivos medioambientales de la DGT ocurrió en 2016, pero la clasificación de vehículos según emisiones contaminantes no comenzó hasta 2021. Este proceso generó incertidumbre y preguntas sobre qué autos podían circular dentro de la M-30 en Madrid o en el centro de otras ciudades como Barcelona. Con las nuevas etiquetas de la DGT de 2024, se estima que alrededor de ocho millones de propietarios de vehículos en España se verán obligados a prescindir de sus autos si desean ingresar por carretera a Madrid. Estas medidas buscan rejuvenecer el parque automovilístico y promover la adquisición de vehículos sostenibles, como los híbridos o eléctricos, con la ayuda del Plan MOVES III.

Qué coches no podrán circular por Madrid en 2024

A partir del 1 de enero de 2024, los vehículos que no posean la etiqueta medioambiental de la DGT no podrán circular sin restricciones por el centro de Madrid y la zona interior de la M-30. Además, los propietarios de vehículos con etiquetas B y C también enfrentarán limitaciones. El Ayuntamiento de Madrid establecerá condiciones especiales para la circulación en las Zonas de Bajas Emisiones, Plaza Elíptica y el Centro de Madrid

Esta medida afectará a alrededor de ocho millones de vehículos, quienes verán reducida su libertad de movilidad. Además, aquellos que infrinjan deliberadamente la nueva normativa se expondrán a una multa de la DGT de 200 euros, la cual será ineludible gracias a las cámaras instaladas en todos los accesos de la ciudad por el Ayuntamiento de Madrid.

En consecuencia a las nuevas etiquetas de la DGT de 2024, los vehículos sin distintivo no podrán ingresar al núcleo urbano de Madrid ni a la M-30, aunque podrán circular en otras áreas de la comunidad autónoma. La Dirección General de Tráfico recordó recientemente, durante el Black Friday, que todos los patinetes adquiridos en estos días no requerirán homologación, pero a partir de enero de 2024 esta se volverá obligatoria. Esto se hace con el objetivo de salvaguardar la seguridad de los usuarios de la vía y garantizar la calidad de los Vehículos de Movilidad Personal comercializados. A continuación, proporcionamos más detalles sobre esta normativa.

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Vehículos de Movilidad Personal

Un vehículo de más de dos ruedas, diseñado para el transporte individual y propulsado exclusivamente por motores eléctricos con una velocidad máxima que oscila entre 6 y 25 km/h, dependiendo de su diseño. Además, solo pueden tener un asiento o sillín si cuentan con un sistema de autoequilibrio.

Estos patinetes, al ser de naturaleza eléctrica, entran en la categoría de vehículos eléctricos con distintivo medioambiental de cero emisiones. A diferencia de los automóviles, no es necesario llevar el adhesivo correspondiente. Tienen la capacidad de utilizar baterías con una potencia de hasta 100 voltios en corriente continua (VCC) y disponer de un cargador integrado con una entrada de hasta 240 voltios en corriente alterna (VCA).

Los coches empadronados tendrán beneficios

El plan establecido de las nuevas etiquetas de la DGT 2024 para restringir la circulación de vehículos sin distintivo tiene como objetivo erradicar por completo la presencia de estos automóviles en Madrid para el año 2025. Iniciado en 2022, este programa está implementando restricciones progresivas. Para comprender las posibilidades de desplazamiento en vehículo por Madrid, es necesario tener en cuenta las siguientes condiciones:

Los vehículos con etiqueta medioambiental B, C, ECO o Cero tienen permiso para circular, aunque enfrentan limitaciones en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de Especial Protección de Distrito Centro y Plaza Elíptica. Los vehículos sin etiqueta medioambiental (categoría A) y empadronados en Madrid, con recibos domiciliados en la ciudad, pueden circular, excepto en las ZBE de Especial Protección de Distrito Centro y Plaza Elíptica.

Los vehículos sin etiqueta medioambiental no empadronados en Madrid tienen prohibida la circulación por la M-30 y su interior, pero hasta el 14 de enero pueden transitar por las calles externas al perímetro de la M-30. Para obtener más información: La Dirección General de Tráfico advierte sobre una práctica común que puede resultar en multas de hasta 200 euros.

dgt trafico

Si el coche no está empadronado, ¿dónde puede circular?

Vehículos sin distintivo ambiental de la DGT (categoría A): prohibición total de circulación en Madrid. Vehículos con distintivo B o C: acceso restringido a la ZBE de Especial Protección Distrito Centro. La circulación está permitida, pero es obligatorio utilizar estacionamientos públicos o privados para estacionar.

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